El Real Decreto 141/2024, de 6 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, recoge importantes novedades en la gestión y la gobernanza del dato en los padrones municipales.
La principal novedad radica en la interconexión de los padrones municipales con el Instituto Nacional de Estadística: la comunicación de datos del padrón por parte de los ayuntamientos que los gestionan pasa de ser mensual a ser una comunicación en tiempo real, para lo cual se modifican los artículos correspondientes del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
A estos efectos, los ayuntamientos deberán adoptar las medidas necesarias para estar incorporados a este sistema antes del 31 de agosto de 2026.
Otras de las novedades relevantes del Real Decreto con respecto a la estructura de datos del padrón municipal:
- Actualización de los datos tanto obligatorios como voluntarios que debe recoger el padrón, incluyendo el teléfono móvil, el correo electrónico o el número de identidad de extranjero.
- Sustitución del término «residencia permanente», por el de «residencia de larga duración».
- Toma en consideración del cambio de domicilio de oficio.
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Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio)